#EntreRíos #Impuesto #Prórroga
La medida se da en torno a la suspensión del reparto de avisos de vencimiento por razones de prevención sanitaria. El nuevo plazo quedó establecido del 18 al 22 de mayo. Recuerdan los canales electrónicos de gestión y pago mientras se trabaja en más alternativas que faciliten el cumplimiento.
A través de la resolución N° 77/2020 se dispuso la prórroga del vencimiento del segundo anticipo del impuesto inmobiliario urbano, originalmente prevista para el lunes 11, en virtud de las recomendaciones emitidas por la autoridad sanitaria que llevaron a suspender el habitual reparto de avisos de vencimientos.
Ante esta situación excepcional, el administrador fiscal, Germán Grané, remarcó que «se vienen implementando importantes avances en materia de servicios a los contribuyentes y, en esta ocasión, se esta trabajando junto al agente financiero en el desarrollo de alternativas que permitan facilitar aún más el cumplimiento a los contribuyentes», dijo, y agregó: «No obstante las opciónes para consultar, descargar y abonarla de manera presencial u online funcionan total normalidad».
De acuerdo con la normativa el nuevo cronograma comenzará el lunes 18 hasta el viernes 22 de mayo próximo manteniendo las condiciones por pago en término.
Alternativas de pago electrónicas
Asimismo, subrayaron que los canales electrónicos de pago funcionan con normalidad y convocó a los contribuyentes y familiares a considerarlos en el marco de las medidas de aislamiento y cuidado vigentes.
En ese sentido recordaron las alternativas de pago electrónico disponibles entre las que se destaca el reciente Botón de Pago, que permite pagar vencimientos en 3 pasos con cualquier tarjeta de débito.
Medios electrónicos
- Botón de pago. Desde www.ater.gob.ar con todas las tarjetas de débito ingresando el código de barras de la boleta a pagar.
- Homebanking. (De todos los bancos) Ingresando el código de pago electrónico (inscripto en las boletas) en la opción «pagos»
- Cajeros Automáticos de todas las redes: Ingresando el código de pago electrónico (inscripto en las boletas).
- Volantes Electrónicos (VCD / VPA) mediante los servicios de ATER con clave fiscal AFIP
Finalmente recordaron que los vencimientos se pueden consultar y descargar desde la web de ATER y pagarse en efectivo únicamente a través de los centros de cobro no bancarios ER Servicios.
Para mayor información invitan a visitar la web www.ater.gob.ar o comunicarse con el Servicio de Asistencia al Ciudadano (SAC) 0810 888 2837 de Lunes a Viernes de 08 a 13.