El Concejo Deliberante aprobó la normativa fiscal para el ejercicio 2026, la cual fue promulgada por el Ejecutivo mediante el Decreto 109/25. La Tasa General Inmobiliaria y la Comercial sufrirán un incremento del 50%, mientras que otros tributos como las inhumaciones y los espectáculos públicos registran aumentos superiores al 100%. Cabe destacar que la normativa fue sancionada con los votos del bloque oficialista.
La Municipalidad de Villa Hernandarias definió el esquema tributario que regirá a partir del próximo año tras la aprobación de la Ordenanza N° 0782/25. El Departamento Ejecutivo promulgó la norma el pasado 20 de noviembre, estableciendo las nuevas obligaciones para los contribuyentes de la localidad. El análisis comparativo con la normativa vigente en 2025 revela un ajuste generalizado que parte de un piso del 50%, aunque ciertos rubros específicos muestran variaciones significativamente mayores.
Aumentos en la Tasa General Inmobiliaria
La Tasa General Inmobiliaria (TGI) presenta un incremento lineal del 50% en todas las zonas del ejido municipal. El valor del metro cuadrado para la Zona A pasará de $22,40 a $33,60, elevando el mínimo bimestral de $11.200 a $16.800. La misma proporción se aplica a la Zona B, donde el mínimo sube de $7.840 a $11.760, y a la Zona D, la más económica, que pasa de $4.000 a $6.000 bimestrales.
La nueva ordenanza incorpora un beneficio explícito para quienes abonen por adelantado. Los contribuyentes que opten por un único pago anual en el primer vencimiento recibirán un descuento del 5%, un incentivo que se suma a las exenciones ya existentes para jubilados y pensionados.
Comercio y actividades económicas
El sector comercial también afrontará una suba del 50% en los mínimos mensuales de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad. El monto mínimo general, que en 2025 era de $9.000, se fijó en $13.500 para el ejercicio 2026. Este porcentaje se replica en rubros específicos como la venta de combustibles, que pasará a tributar un mínimo de $90.000 frente a los $60.000 actuales , y los servicios bancarios, cuyo mínimo mensual ascenderá de $330.000 a $495.000.
Los proveedores externos también verán incrementados sus costos de ingreso a la ciudad. La tasa de abasto para introductores de mercadería general sube de $10.000 a $15.000 por vehículo. Sin embargo, el rubro de venta ambulante de productos no alimenticios registra un aumento del 100%, pasando de $20.000 a $40.000 por día.
Ajustes superiores al 100% en Cementerio y Espectáculos
Los incrementos más pronunciados se observan en los derechos de cementerio y espectáculos públicos. El derecho de inhumación en nichos y panteones sufrirá un aumento del 138%, saltando de $12.600 a $30.000. Por su parte, la tasa por limpieza y atención de panteones particulares se incrementará un 114%, pasando de $21.000 a $45.000 anuales.
El rubro de entretenimiento también registra fuertes variaciones. La tasa para espectáculos públicos de hasta 500 personas aumentará un 122%, elevándose de $225.000 a $500.000. Asimismo, la habilitación quincenal para parques de diversiones y calesitas pasará de $22.500 a $850.000, lo que representa un ajuste exponencial en comparación con los valores previos.
Salud y trámites administrativos
Los trámites relacionados con la salud pública presentan aumentos dispares. La obtención de la Libreta Sanitaria costará $10.000, un 150% más que los $4.000 actuales, mientras que el Carnet de Manipulador de Alimentos subirá un 66%, pasando de $6.000 a $10.000. En cuanto a las actuaciones administrativas, el sellado general para notas y presentaciones aumentará un 50%, pasando de $2.000 a $3.000.
Servicios atados al combustible
La ordenanza mantiene la modalidad de fijar precios mediante el valor del combustible para el uso de maquinarias y equipos municipales. Los servicios de retroexcavadora, motoniveladora y provisión de agua no sufrieron cambios en la cantidad de litros de gasoil requeridos, por lo que su costo variará exclusivamente según la inflación del precio del combustible en el surtidor.