Los valores, que fueron modificados por Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia debido a la desactualización de los mismos, representan un 25% menos que los establecidos por profesionales en el sector privado. Asimismo se garantiza el acceso a la Justicia sin gastos para las personas de escasos recursos económicos. La medida fue adoptada luego de considerar el costo de mantenimiento operativo de los 57 Juzgados de Paz en las 18 jurisdicciones y los escasos ingresos generados. En todo el fuero de la provincia durante 2017 se recaudaron 750.737 pesos; en 2018 los ingresos se incrementaron a 1.094.548 pesos; y en lo que va de este año se obtuvieron 38.437 pesos.
Los valores establecidos a las tasas judiciales o aranceles, que perciben los Juzgados de Paz por aplicación de la Ley 8.948, están un 25% por debajo de las tarifas aplicadas por los escribanos en el sector privado.
Se actualizaron teniendo en cuenta el costo que representa la estructura de la Justicia de Paz, que está presente en todo el territorio provincial pero sin desatender el acceso a los servicios de Justicia de ningún ciudadano. Y menos aún para aquellos que carezcan de disponibilidad económica.
Esta última circunstancia está expresamente señalada en el tercer punto del Acuerdo 01/19, que el STJ celebró el 19 de febrero pasado, en el que se explicita “la garantía al acceso de Justicia mediante el beneficio de litigar sin gastos para las personas de escasos recursos económicos”. En la actualidad 57 organismos están funcionando en las 18 jurisdicciones judiciales y la recaudación del año pasado por los servicios prestados en toda la provincia fue de 1.094.548 pesos. Una cifra de escasa consideración para atender el cúmulo de inversión en el mantenimiento del costo operativo.
Asimismo, es dable destacar que con esta actualización se espera ampliar y mejorar la gestión de la competencia de los Juzgados de Paz, de modo que abarquen la mayor cantidad de temáticas posibles en el universo de la solución de conflictos, y con mayor y creciente grado de complejidad.
También se prevé la profesionalización de sus recursos humanos, de que la Justicia de Paz sea letrada, abonando esa tendencia de política institucional que pretende garantizar el acceso a la Justicia en la base primaria del sistema.
Los aranceles que perciben los Juzgados de Paz por aplicación de la Ley 8.948, representan recursos genuinos que se adicionan a otras fuentes de financiamiento del gasto operativo de los tribunales. Por eso y tomando en consideración el volumen de trabajo que tienen y la escasa o nula recaudación que arrojan como resultado de su actuación, los importes debían actualizarse.
Los mismos quedaron en los siguientes valores:
Certificación de firma de autorización para viaje al exterior de menores, 1.800 pesos; de firma de autorización de viajes de menores en micro dentro del país, 800 pesos; de firma de formulario para el Registro Nacional de Armas, 360 pesos; de servicios, 360 pesos; de firma de formulario de transferencia de uso de marcas y señales, 360 pesos; de firma de persona física, 300 pesos; de firma de persona jurídica, 400 pesos; de fotocopias (con excepción de los que tengan Carta de Pobreza), 200 pesos más otros 10 por foja; demás certificaciones, 360 pesos; homologación de convenio laboral, 360 pesos; y legalización judicial de firma de instrumentos dirigidos al exterior del país, 200 pesos.